jueves, 21 de abril de 2016

LEVÍTICO. CAPÍTULO 27.

271El Señor habló a Moisés:
2-Di a los israelitas:

Tarifas del Templo (Nm 18,8-19)

<<Cuando alguno haga un voto especial ofreciendo al Señor el vaor de una persona, se aplicarán las siguientes tarifas: 3Un varón entre los veinte y los sesenta años será tasado en quinientos gramos de plata (pesos del templo). 4Si es mujer, será tasada en trescientos gramos. 5 Un chico entre los cinco y los veinte años será tasado en doscientos gramos; si es chica, en cien gramos. 6Un niño entre el mes y los cinco años será tasado en cincuenta gramos; si es niña, en treinta gramos. 7De los sesenta años para arriba, el varón será tasado en ciento cincuenta gramos; la mujer, en cien gramos. 8Si es pobre que no puede pagar la tarifa, lo presentará al sacerdote, y éste lo tasará según los recursos del que hizo el voto.
9>>Si se trata de un animal apto para la oferta al Señor, el animal entero quedará consagrado. 10No se puede cambiar ni sustituir animal bueno por malo, o viceversa. Y si se cambia un animal por otro, los dos quedan consagrados. 11Si se trata de un animal impuro, no apto para la oferta al Señor, será presentado al sacerdote, 12y éste lo tasará según su calidad. La tasación será válida. 13Y si quiere rescatarlo, pagará un recargo del veinte por ciento sobre lo tasado.
14>>Cuando alguno consagre su casa al Señor, el sacerdote la tasará según su calidad. La tasación será válida. 15Si el que la consagró la quiere rescatar, pagará lo tasado con un veinte por ciento de recargo.
16>>Si consagra al Señor una parte de las tierras de su propiedad hereditaria, se tasará en proporción a su siembra: quinientos gramos de plata por cada doscientos veinte litros de cebada. 17Si consagra el campo durante el año jubilar, la tasación será válida. 18Pero si lo consagra después del jubileo, el sacerdote calculará el dinero que corresponde a los años que faltan hasta el próximo año jubilar, y hará el descuento correspondiente. 19Si el que lo consagró lo quiere rescatar, pagará la tasa con un recargo del veinte por ciento. Y el campo será suyo. 20Si no lo rescata o lo vende a otro, entonces el campo ya no podrá ser rescatado. 21Cuando quede libre en el año jubilar, quedará, como campo dedicado, consagrado al Señor. Será propiedad del sacerdote.
22>>Si uno consagra al Señor un campo comprado que no pertenece a su propiedad hereditaria, 23el sacerdote calculará el valor de la tasa hasta el año jubilar. El que consagró el campo pagará ese mismo día lo tasado, como cosa consagrada al Señor. 24El año jubilar el campo volverá al vendedor a quien pertenecía la propiedad hereditaria. 25Las tasaciones se harán según el peso del templo: diez gramos equivalen a veinte óbolos.
26>>Nadie consagrará el primogénito de los animales, porque le pertenece ya al Señor como primicia: sea vaca o sea oveja, pertenece al Señor. 27Si se trata de un animal impuro, será rescatado con un recargo del veinte por ciento sobre lo tasado. Si no lo rescata, se venderá al precio tasado.
28>>Lo que uno ha separado como cosa dedicada al Señor, personas, animales o campos de propiedad hereditaria, no podrá ser vendido ni rescatado. Lo dedicado es propiedad sagrada del Señor.
29>>Una persona dedicada al exterminio no puede ser rescatada, ha de ser ejecutada.
30>>Los diezmos del campo, de la siembra y de los frutos pertenecen al Señor y son sagrados. 31Si alguien quiere rescatarlos, lo hará con un recargo del veinte por ciento sobre lo tasado. 32Los diezmos de animales de ganado mayor o menor, la décima parte de todos los que pasen bajo el cayado, serán consagrados al Señor. 33No hay que averiguar si son buenos o malos ni se sustituirán. Si se cambia un animal por otro, los dos quedan consagrados, sin posibilidad de rescate>>.
34Estos son los preceptos que el Señor dio a Moisés en el monte Sinaí para los israelitas.

Explicación.

27 Es una adición que despacha algunos asuntos financieros relacionados con el culto del templo. Presupone una economía en la que se usa normalmente el dinero, pesado o acuñado. Hasta el v.27 regula tarifas en varios casos de votos. Como en otros casos, la publicación de las tarifas puede servir para prevenir abusos y para orientar al oferente.

27,2-8 El primer caso lo forman personas ofrecidas al servicio del Señor, pero no al culto, que compete a levitas y sacerdotes. Puede recordarse el caso del niño Samuel (1 Sm 2). Algunos sospechan o conjeturan que en el origen remoto de esta oferta de personas eran sacrificios humanos. Ciertamente nada de eso queda en el texto y contexto presentes.

El texto nos deja fisgar los criterios de valoración de entonces, según sexo y edades. La mujer vale para ellos la mitad o poco más que el hombre. Pasados los sesenta años, el hombre está más viejo y rinde menos; otros textos valoran la experiencia y sensatez de los ancianos. Los niños menores de cinco años no prestan servicios y están expuestos a muchas enfermedades. Antes de los veinte años los hombres se están desarrollando y aprendiendo su oficio.

Un siclo era el jornal de cada día. El pobre se encomienda a la prudencia y comprensión del sacerdote.

27,9-13 Los animales sacrificables ofrecidos en voto quedan consagrados de tal modo que su consagración es irreversible. Animales no sacrificables (asnos, camellos, etc.) servían para otros menesteres productivos y eran rescatables. Nos habría gustado saber en qué precio los tasaban los sacerdotes: ¿más alto que el de niños y mujeres?

27,14-15 Tiene que tratarse de fincas urbanas, ya que las rústicas pertenecen a la heredad familiar. Notamos que no se señalan fechas, cosa para nosotros muy importantes. No es lo mismo rescatar una casa en el momento en que debería ser entregada o pasado un año de uso. Compárese con el caso siguiente.

27,16-21 Parece tratarse de alguna propiedad familiar agrandada, de la cual se pueda recortar un lote para el Señor. Las disposiciones son difíciles de entender: mezclan el año jubilar y hablan de venta a un tercero.

27,22-25 La norma del año jubilar (25,8-17) se sobrepone a otras disposiciones particulares. No es probable que el siclo del templo tuviera vigencia entre los judíos de la diáspora.

27,27-27 Esta norma muestra que el autor quiere atar bien los cabos: no se puede regalar a otro lo que es suyo, no se puede ofrecer lo que ya pertenece al Señor.

27,28-29 Del terreno del voto pasamos a la consagración solemne, sacrosanta llamada herem. El modelo más conocido es la dedicación al exterminio en la guerra.

27,30-33 Los diezmos de cosechas o ganado se entregaban en especie. Constituían un tributo o impuesto anual para el Señor, su templo, sus sacerdotes.

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